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En México, los activos virtuales no son moneda de curso legal. El comunicado conjunto Banxico/SHCP/CNBV del 28 de junio de 2021 sigue vigente y prohíbe a las instituciones financieras autorizadas operar con criptos. La Ley Fintech 2018 abrió la puerta a las ITF, pero el supervisor mantiene una postura prudente sobre los activos virtuales.

El comunicado conjunto del 28 de junio de 2021

El documento más importante para entender la postura oficial mexicana sobre criptoactivos es el comunicado conjunto que firmaron el Banco de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores el 28 de junio de 2021. Su tesis es clara: los activos virtuales no son moneda de curso legal en México, no son divisas, y las instituciones financieras autorizadas en el país no pueden ofrecer al público operaciones con ellos.

Esto no significa que tener criptomonedas a título personal sea ilegal —no lo es—. Significa que un banco mexicano no puede abrirte una cuenta cripto, y que los productos que se ofrecen a particulares lo hacen empresas que no son instituciones financieras en sentido estricto.

La Ley Fintech 2018 y las ITF

La Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech, 2018) introdujo dos figuras: las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico (IFPE) y las Instituciones de Financiamiento Colectivo (IFC). Bitso y otros operadores se han apoyado en este marco para ofrecer servicios.

Lo importante: la Ley Fintech no autoriza directamente la operación con activos virtuales por parte de las ITF. Lo que regula son las cuentas de fondos de pago electrónico, sus controles AML, y los requisitos prudenciales. Para operar con criptos, una ITF necesita autorización adicional del Banxico, que históricamente ha sido restrictiva.

Fiscalidad SAT

El SAT considera la enajenación de criptomonedas como hecho generador de ISR bajo el régimen de enajenación de bienes. La ganancia es la diferencia entre el precio de venta y el costo comprobado de adquisición. Si tu actividad es habitual y profesional, el SAT puede recalificarte como actividad empresarial, con régimen distinto. La guía SAT detallada está aquí.

Advertencias CNBV y Banxico

Tanto la CNBV como Banxico mantienen avisos sobre los riesgos asociados a las criptomonedas: alta volatilidad, ausencia de respaldo institucional, riesgo de fraude, y dificultad de recuperación en caso de pérdida o sustracción. Estos avisos se actualizan periódicamente y se publican en los sitios oficiales de los reguladores.

Fuentes consultadas

  • Comunicado conjunto Banxico/SHCP/CNBV, 28 de junio de 2021 — gob.mx/cnbv.
  • Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech, 2018).
  • SAT — régimen de enajenación de bienes aplicable a activos virtuales.